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La Dirección Facultativa como blindaje del activo y garantía de seguridad jurídica

En el marco de la actual LOE, la Dirección Facultativa es el órgano de control que garantiza la convergencia entre el proyecto ejecutivo y la obra entregada. Sin embargo, surge una vulnerabilidad crítica cuando existe una vinculación directa o falta de contrapeso entre la Dirección Facultativa y la constructora.

En INEL, entendemos la Dirección Facultativa como un servicio de auditoría técnica continua. Nuestra metodología se centra en tres pilares de control:

Validación de certificaciones: Supervisión exhaustiva de mediciones para asegurar que el desembolso financiero se ajusta estrictamente a la realidad de la obra ejecutada.

Control de calidad y puesta en obra: Verificación del cumplimiento normativo y de las especificaciones de materiales, evitando vicios ocultos que deriven en futuras responsabilidades para el promotor.

Arbitraje técnico: Resolución de discrepancias en obra con un criterio puramente técnico, protegiendo los intereses de la propiedad frente a optimizaciones de coste de la contrata que comprometan la calidad.

La seguridad técnica no es negociable. Contar con una Dirección Facultativa independiente es la mayor garantía de rentabilidad y tranquilidad jurídica.